La deuda impagable e ilegal – El Vocero 11 de feb. 2014

Después de la degradación de nuestra deuda a chatarra, debemos estar más pendientes de los sucesos en la quiebra de Detroit.  De ahí pueden surgir lecciones importantes.

En particular, la semana pasada, los representantes de la ciudad radicaron una demanda para anular préstamos por violar límites estatales sobre la emisión deuda.  Para solventar planes de pensiones, según la demanda, Detroit creó ficciones jurídicas sin sustancia económica para esquivar restricciones legales sobre su deuda.  Para este fin, la ciudad formó entidades especiales y elaboró  contratos creativos para evadir dichos límites.

¿Le suena familiar?

En la misma semana de la demanda de Detroit, entró en vigor en Puerto Rico nueva legislación para crear aún otra ficción jurídica que le ayuda al gobierno evadir las restricciones constitucionales sobre a la deuda pública.   Esta nueva entidad – la llamada Corporación de Financiamiento Municipal (COFIM) –  funcionará de manera similar a la Corporación del Fondo de Interés Apremiante  (COFINA).  COFINA fue creada por el gobierno en el 2006 y su propósito fundamental fue el de evadir a los límites constitucionales sobre la deuda.

Dando como fuente de pago parte del Impuesto sobre Ventas y Usos (IVU), COFINA incurrió más de $15 mil millones en deudas en apenas siete años.  Quizás por razones que convienen a los partidos de turno y otros beneficiarios, la constitucionalidad de la deuda de COFINA no se ha impugnado ni dirimido en los tribunales. Es políticamente más fácil tomar prestado que rebajar los beneficios del gobierno o subir los impuestos.

Dada la reciente fama mundial de nuestra crisis fiscal (y ahora el caso de Detroit), me extraña la poca atención que reciben las restricciones constitucionales sobre nuestra deuda.

La Constitución del Estado Libre Asociado requiere un presupuesto balanceado. No puede ser una simple “meta” tener un presupuesto balanceado.  Es un mandato constitucional.   Es decir, que los gastos y recaudos para cada año fiscal tienen que ser parejos.  Y en caso de haber más gastos que recaudos, nuestra constitución requiere un aumento de los impuestos.

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Los que se benefician del negocio de la deuda puertorriqueña segura y rápidamente argumentarán  que estas restricciones constitucionales aplican sólo al gobierno central del ELA y a sus obligaciones pagaderas del Fondo General.

Estas mismas personas harán planteamientos con tonos legales y tajantes de que estas restricciones no entran en juego cuando se traten de las deudas de la gran variedad de “autoridades”, “corporaciones públicas”, “subsidiarias”, “fondos”, “administraciones” y otras “entidades legales separadas” – las que llamo colectivamente “instrumentalidades” que pertenecen y que son controladas por gobierno.

COFINA es un ejemplo.  Y la “nueva” COFIM será otro.

Pero los hechos no engañan, y vemos que inmediatamente después de cada presupuesto teóricamente “balanceado” aprobado por el gobierno de turno, tenemos que volver al mercado de bonos para cubrir déficits creados por la maraña simbiótica de las “instrumentalidades” del gobierno que de una manera u otra desangran al Fondo General.  La supuesta independencia fiscal de estas “instrumentalidades” es irrisoria.

No podemos escoger las disposiciones constitucionales que nos convienen y rechazar las que requieren disciplina y sacrificio. Además de insistir en fallidas políticas de desarrollo económico, es la falta de respetar a nuestra constitución que nos ha llevado a este extremo de crisis fiscal.

Cuando el gobierno viole la constitución, el pueblo inocente no debe pagar las consecuencias.  Aparte de no demostrar la capacidad de pagar la deuda, hasta que no se decida su legalidad, ni siquiera debemos continuar con la promesa de hacerlo.

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